En esta guía práctica te explicamos cómo reservar y realizar la jura o promesa de nacionalidad española tras recibir la resolución favorable, qué canales oficiales existen (Registro Civil o Notaría), plazos legales, documentación y claves para evitar errores. Hemos tomado como referencia el estilo y estructura de nuestra guía 2025 sobre citas administrativas, adaptándola específicamente al trámite de Jura de Nacionalidad. 
Resumen en 30 segundos (TL;DR)
- Plazo: tienes 180 días desde el día siguiente a la notificación de la concesión para jurar/prometer y solicitar la inscripción en el Registro Civil. Si no lo haces, la concesión no surte efecto. (BOE)
Dónde hacerlo (canales oficiales):
- Registro Civil (con cita previa en la Sede del Ministerio de Justicia o portales autonómicos); 2) Notaría (posible desde 2021 por Instrucción DGSJFP; el instrumento notarial se remite al Registro Civil para inscribir). (Ministerio de Justicia, Justizia, Junta de Andalucía, Ministerio de Justicia)
- Coste: en Registro Civil es gratuito; por Notaría muchas sedes y despachos publican presupuestos en el entorno de 150–350 €, por lo que contabiliza ≈200 € o más. Comprueba antes de reservar. (Notaría Madrid, Lexmovea)
- Alternativa sin complicaciones: si prefieres olvidarte de buscar la cita, BuscaCita te ayuda a conseguir tu cita del Registro Civil: buscacita.es/cita-rc.
La resolución favorable de nacionalidad solo es eficaz si, dentro de 180 días, formulas ante el Registro Civil (o por Notaría, según habilitación vigente) las manifestaciones del art. 23 del Código Civil: jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes, renunciar a la nacionalidad anterior cuando proceda, y solicitar la inscripción. (BOE)
Exenciones de renuncia: no se exige renunciar si eres nacional de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal (y sefardíes), entre otros supuestos del Código Civil. Verifica tu caso. (BOE)
El día de la jura en el Registro Civil Acude con tu resolución (con CSV), documento de identidad y la documentación que requiera tu oficina. Tras la jura/promesa, el Registro tramita la inscripción que hace efectiva tu nacionalidad. (sede.mjusticia.gob.es, Ministerio de Justicia)
Nota: la vecindad civil (común o foral) se elige en la jura y tiene efectos civiles importantes; asesórate si tienes dudas. (El Notario)
¿Vives fuera de España? Infórmate en tu Registro Civil Consular: muchos consulados gestionan juras e inscripciones para residentes en su demarcación (sobre todo en vías como LMD). Consulta la web de tu Consulado. (Ministerio de Asuntos Exteriores)
La oficina puede pedir matices según cada caso; revisa siempre lo que te exige tu Registro Civil o la Notaría.
¿Cómo sé que ya me concedieron la nacionalidad? Consulta tu expediente en “¿Cómo va lo mío?” (Sede del Ministerio de Justicia) o en Carpeta/Carpeta Justicia. (sede.mjusticia.gob.es, sede.mjusticia.gob.es, Carpeta Justicia)
¿Puedo jurar en cualquier Registro Civil? No. Por regla general, te corresponde el Registro Civil de tu domicilio. (Ministerio de Justicia)
¿La jura en Notaría es válida? Sí; desde 2021 la DGSJFP fijó criterios para realizarla ante Notario y remitirla al Registro Civil. (Ministerio de Justicia)
¿La jura en Notaría es más rápida? Puede agilizar el acto en sí, pero la inscripción depende del Registro Civil. Valora disponibilidad y coste. (Conselleria de Justicia)
¿Cuánto cuesta? En Registro Civil es gratis. En Notaría, muchas publican precios entre 150–350 € (estima ≈200 € o más). Confirma el presupuesto. (Notaría Madrid, Lexmovea)
¿El plazo de 180 días se suspende si voy por Notaría? Sí; la solicitud de jura/promesa ante Notario suspende el plazo mientras se resuelve. (Ministerio de Justicia)
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Inspiración y lectura complementaria: Legalteam (guía de jura y experiencias en RC), Ilán Paños (guía 2024). (LegalTeam, LegalTeam, Divulgación Jurídica de Illán)
Aviso: Criterios y cupos pueden variar por provincia/Registro. Verifica siempre la web oficial de tu Registro Civil o Notaría antes de desplazarte y guarda tu justificante de cita. (Ministerio de Justicia)
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